Condiciones generales
1. PARTES DEL CONTRATO Y DEFINICIONES
1.1. A los efectos del presente PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES (en adelante, PCG) se entiende por
1.2. CONTRATANTE- Cliente, persona física y/o jurídica, que adquiere bienes o servicios de la PRESTADORA.
1.3. PRESTADORA- OCA Global (OCA Global Investments S.L - B64690183 / OCA Inspección, Control y Prevención S.A.U. - A40007460 / OCA Instituto de Certificación S.L. - B65341075 / OCA International, Inspection & Control Society, S.A.U. - A65223877 / OCA Inspección Técnica de Vehículos S.A.U. - A50830967 / OCA Consultoría Técnica Especializada S.A - A64822265 /OCA Global Consulting and Technical Advisors Services, S.L.U. B84970383 / Auden Energy Partner, S.A.U. - A65000945) OCA Ensayos y calibraciones, S.L.U. -B64822307 , / ADDENDIA Investments, S.L.U., -B64682214 / ORIOR Training Centers, S.L.U., - B64822315 / OCA GLOBAL Marine and Cargo Surveyors, S.L.U, -B20591194 / NASCOR Formación S.L., -B65187569 / Supercontrol & Maritime Services, S.L.U., - B43203660 / OCA GLOBAL Inspecciones Reglamentarias, S.A.U. A64822281) que realizará el suministro de bienes o la prestación de servicios contratada.
1.4. HOJA DE ENCARGO- Petición del servicio que realiza la CONTRATANTE mediante el formulario proporcionado por la PRESTADORA. Oferta escrita y aceptada por la CONTRATANTE. Contrato escrito por la PRESTADORA y firmado por la CONTRATANTE. Pedido escrito por la CONTRATANTE y aceptado por la PRESTADORA.
2. INCORPORACIÓN AL CONTRATO DEL PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN
2.1. El presente PCG será aplicable a cualesquiera HOJAS DE ENCARGO, CONTRATOS o acuerdos entre las partes salvo que éstas hubieran acordado otra cosa por escrito, siendo suficiente con que en los mismos se haga referencia expresa al presente PCG, a disposición de las partes, sin necesidad de que sea anexado.
2.2. La CONTRATANTE contrata los servicios de la PRESTADORA con sujeción, únicamente, al presente PCG. Cualesquiera otros términos y condiciones (incluidos – pero no limitado- los contenidos en forma impresa o manuscrita en la HOJA DE ENCARGO, carta o cualesquiera otros documentos emitidos por la CONTRATANTE, aunque sean de fecha posterior, así como añadidos impresos o manuscritos por la CONTRATANTE en los documentos emitidos por la PRESTADORA) diferentes al presente PCG no tendrán efecto alguno.
2.3. Con la realización del encargo, la CONTRATANTE declara haber recibido con anterioridad una copia del presente PCG, haberlo leído y conocer todas y cada una de sus estipulaciones y firma y acepta expresamente su incorporación al CONTRATO o acuerdo entre las partes. Sin perjuicio de lo anterior, la CONTRATANTE se obliga a remitir a la PRESTADORA junto con la HOJA DE ENCARGO la expresa aceptación de las condiciones generales mediante la firma y sellado de las mismas.
2.4. Cualquier modificación del presente PCG será vinculante únicamente si consta por escrito, está firmada por la PRESTADORA y la CONTRATANTE, y tal documento contiene una referencia específica a la modificación del presente PCG.
2.5. Los derechos y obligaciones derivados del presente PCG sólo serán exigibles entre las partes contratantes.
3. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
3.1. En cumplimiento de lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) y garantías de los derechos digitales los datos de carácter personal facilitados por la CONTRATANTE formarán parte del fichero de clientes de la PRESTADORA, cuyos fines son el mantenimiento de la relación contractual y la gestión de clientes, el control y gestión de los servicios y, eventualmente, el envío de información y el seguimiento comercial, por cualquier medio, sobre los servicios de la PRESTADORA o cualesquiera otras empresas del grupo empresarial OCA Global.
3.2. La PRESTADORA tratará dichos datos con la máxima confidencialidad, y se compromete a no utilizarlos con un fin distinto a aquél para el que han sido recabados, así como a conservarlos con las debidas medidas que garanticen su seguridad y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizados.
3.3. La PRESTADORA se compromete a guardar secreto profesional respecto de los referidos datos personales, incluso una vez finalizada la relación contractual. Si bien la CONTRATANTE consiente la cesión de sus datos personales a las restantes empresas del grupo empresarial OCA Global, con la finalidad de coordinar y desarrollar posibles acciones de seguimiento comercial.
3.4. La CONTRATANTE puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación, y oposición dirigiendo una comunicación por escrito con la referencia “Protección de Datos” a la siguiente dirección de la PRESTADORA: Av. Can Fatjo dels Aurons, 1, 08174, Sant Cugat del Vallès (Barcelona).
3.5 La PRESTADORA se compromete a mantener la debida confidencialidad ante terceros, de la documentación utilizada o generada durante la realización del servicio, así como de los resultados de los trabajos y contenido total o parcial de los documentos generados.
3.6 Cuando La PRESTADORA deba por Requerimiento Judicial, por Ley o por Organismo Público, divulgar información confidencial o cuando esté autorizado por compromisos contractuales, el cliente o la persona correspondiente debe ser notificado acerca de la información proporcionada, salvo que esté prohibido por ley.
4. CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
4.1. La prestación de servicios se llevará a cabo por la PRESTADORA en los términos, precios, forma, modo y circunstancias que resulten de las presentes condiciones generales y, en su caso, de las condiciones particulares o específicas que se puedan pactar en el CONTRATO o acuerdo entre las partes para la realización de cada trabajo o servicio.
4.2. OBJETO DEL SERVICIO
4.2.1. El objeto de la prestación de servicios que asume la PRESTADORA es el indicado en el CONTRATO.
4.2.2. Cualquier modificación, ampliación o reducción del trabajo o servicio especificado en el CONTRATO deberá realizarse de común acuerdo y de conformidad con los trámites seguidos para el encargo inicial.
4.2.3. La PRESTADORA podrá, a su absoluta discreción, aceptar o rechazar cualquier encargo de servicio recibido de la CONTRATANTE. Antes de la perfección del CONTRATO, la CONTRATANTE podrá ampliar o suspender los servicios objeto de encargo o cualquier parte de los mismos.
4.2.4. Realizado el encargo por la CONTRATANTE y aceptado el mismo por la PRESTADORA, las partes deberán cumplir lo previsto en el CONTRATO salvo en los supuestos de causa o fuerza mayor o imposibilidad no atribuible a los contratantes.
Fuerza mayor significa a los efectos del presente PCG la existencia de cualquier contingencia, circunstancia o causa que esté más allá del control de la parte que la invoca, incluyendo pero no limitándolo a las siguientes circunstancias: imposición o sumisión a una ley, regulación, decreto, orden o solicitud de cualquier autoridad (nacional, estatal, autonómica, provincial o municipal), confiscación, motín, guerra, disturbios, incendios, inundaciones, terremotos, tormentas, explosiones, huelgas, cierres, parada de maquinaria o de fábrica, imposibilidad de conseguir materias primas, equipos, gasóleo o transporte.
Si por fuerza mayor cualquiera de las partes no puede cumplir alguna obligación distinta al pago del precio, dicha parte queda exonerada de su cumplimiento, siempre que lo notifique a la otra para indicando el comienzo y la naturaleza de la situación de fuerza mayor. La parte que invoque fuerza mayor deberá enviar una notificación inmediata tras la finalización de la causa que la hubiere motivado.
La PRESTADORA no será responsable frente a la CONTRATANTE por ningún tipo de pérdida que pueda padecer como consecuencia de la fuerza mayor y de la imposibilidad de realizar el servicio por parte de la PRESTADORA.
4.3. SOLICITUD -“HOJA DE ENCARGO”- DOCUMENTACIÓN DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIO Y ACEPTACIÓN
4.3.1. Toda solicitud de trabajo o prestación de servicio se realizará por la CONTRATANTE mediante la correspondiente HOJA DE ENCARGO según se establece en el presente PCG y cuyo modelo será facilitado por la PRESTADORA.
4.3.2. La CONTRATANTE remitirá la HOJA DE ENCARGO a la PRESTADORA mediante cualquier medio técnico o de comunicación, por el que quede constancia documental de la misma.
4.3.3. Junto a la HOJA DE ENCARGO, o, en su caso, con la antelación necesaria a la prestación del trabajo o servicio contratado, la CONTRATANTE facilitará a la PRESTADORA todos los datos y documentación necesaria para la ejecución del servicio objeto de encargo.
4.3.4. No existirá CONTRATO vinculante entre las partes hasta que no se produzca la aceptación expresa del encargo por parte de la PRESTADORA.
4.4. INTERVENCIÓN DE TERCEROS EN LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO CONTRATADO
4.4.1. Cuando se pacte expresamente por las partes, y la especialidad del servicio contratado así lo requiera, la CONTRATANTE -a su cuenta, cargo, riesgo y responsabilidad- pondrá a disposición de la PRESTADORA los medios humanos y técnicos que las partes acuerden para la ejecución del servicio contratado.
4.5. JORNADA LABORAL. DÍAS LABORABLES Y NO LABORABLES
4.5.1. La CONTRATANTE conoce y acepta que la jornada laboral diurna y nocturna del personal de la PRESTADORA es de ocho horas por día laborable. Las 8 horas de la jornada laboral diurna se hallan comprendidas entre las 08:00 horas y las 18:00 horas, y la nocturna, entre las 22:00 horas y las 07:00 horas; en ambos casos con una hora de interrupción. El resto de las horas se consideran no incluidas dentro de la jornada laboral.
Son días laborables los comprendidos de lunes a viernes, y no laborables (sábados, domingos y días festivos).
4.5.2. La prestación del servicio contratado por la CONTRATANTE, se entenderá siempre a ejecutar dentro de la jornada laboral diurna, salvo que la CONTRATANTE y la PRESTADORA pacten expresamente, y por escrito, otras condiciones.
4.6. PRECIO Y FACTURACIÓN
4.6.1. Salvo pacto expreso y por escrito en contrario, todos los precios deberán ser considerados como netos, en euros, sin ninguna deducción de ningún tipo.
4.6.2. Los precios señalados en las cotizaciones, estimaciones, tarifas u otros documentos emitidos por la PRESTADORA antes de la aceptación de la HOJA DE ENCARGO no son vinculantes para ésta. El precio definitivo será el aplicable en la fecha de perfección del CONTRATO o acuerdo entre las partes. Los precios indicados son válidos durante el año en curso. A título informativo, el primero de enero de cada año los precios experimentan un aumento, como mínimo, igual al del índice de precios al consumo del año en curso.
4.6.3. Perfeccionado el CONTRATO, el precio pactado es vinculante para ambas partes. No obstante, la PRESTADORA podrá modificar al alza el importe correspondiente a la factura final (excluido el IVA), siempre que tal modificación esté debidamente justificada y no supere el 10 % de la cantidad ofertada.
4.6.4. La aceptación de la oferta implica que la CONTRATANTE conoce y acepta el importe que de la misma resulte.
4.6.5. Salvo pacto expreso y por escrito, no quedan incluidos en el precio los impuestos, derechos, tasas y, en especial, el Impuesto sobre el Valor Añadido.
4.6.6. La PRESTADORA facturará, en todo caso y como mínimo, por el trabajo de su personal dependiente o subcontratado, media jornada, con independencia del tiempo efectivamente empleado en la prestación del servicio contratado. No será de aplicación cuando la facturación sea por tarifas u ofertas establecidas.
4.6.7. Los precios establecidos se entienden siempre y cuando los empleados de la PRESTADORA puedan trabajar de forma continuada, y sin interrupciones por causas ajenas a la PRESTADORA. Caso de producirse interrupciones en la prestación del servicio por causas ajenas a la PRESTADORA, se facturarían estos tiempos a la CONTRATANTE en concepto de “administración”.
4.6.8. Se considera tiempo facturable todo el de dedicación efectiva a los servicios objeto de encargo (tiempo de transporte, ejecución, revelado, confección de informes, etc.).
4.6.9. Cuando la prestación del servicio se lleve a cabo en días no laborables, (sábados, domingos y días festivos según calendario laboral aplicable en cada caso), se facturará como mínimo una jornada laboral, con independencia del tiempo efectivamente empleado en la prestación del servicio contratado.
4.6.10. El precio correspondiente a la ejecución del servicio contratado en jornada laboral nocturna se incrementará en un 50%.
4.6.11. El precio correspondiente a la ejecución del servicio contratado en horas no comprendidas dentro de la jornada laboral indicada en el presente PCG se incrementará en un 20% siempre que el trabajo en esas horas se deba a causas ajenas a la voluntad de la PRESTADORA.
4.6.12. El precio correspondiente a la ejecución del servicio contratado en días no laborables según lo establecido en el presente PCG se incrementará en un 50% si tal día es el sábado, y en un 100% si tales días son domingos y/o festivos según calendario laboral aplicable en el lugar de la prestación del servicio.
4.6.13. El precio correspondiente a la ejecución del servicio contratado en los días 1 de enero y 25 de diciembre se incrementará en un 200%.
4.6.14. Cuando en la ejecución del servicio contratado la PRESTADORA se vea en la necesidad de utilizar servicios de transporte y/o mensajería, los gastos correspondientes a tales servicios irán a cargo de la CONTRATANTE.
4.6.15. Salvo pacto expreso y por escrito en contrario, la CONTRATANTE abonará al contado el precio acordado por la prestación del servicio contratado, sin ningún descuento, y sin que se permita deducción, compensación, o retención de pagos por parte de la CONTRATANTE. En todo caso, los gastos derivados del sistema de pago elegido serán a cuenta de la CONTRATANTE.
4.6.16. Las facturas se satisfarán en la moneda que conste en el CONTRATO o acuerdo entre las partes, salvo que exista acuerdo previo con la CONTRATANTE en otro sentido. La PRESTADORA se reserva el derecho a pedir el abono de cualquier coste ocasionado por la conversión del pago a esta moneda.
4.6.17. La CONTRATANTE dispone de un plazo de 15 días a contar desde la fecha de recepción de la factura emitida por la PRESTADORA, para manifestar cualquier disconformidad con relación al importe final de la misma.
4.6.18. Las fechas de pago que en su caso pudieran acordarse deberán ser cumplidas por la CONTRATANTE, incluso si la presentación del servicio se demora o suspende por causas que escapan del control de la PRESTADORA.
4.6.19. Si la PRESTADORA lo considera oportuno por la situación financiera de la CONTRATANTE podrá solicitar las garantías que considere necesarias para asegurar el debido cumplimiento de las obligaciones contractuales de la CONTRATANTE, pudiendo entretanto suspender la prestación del servicio contratado.
4.6.20. En caso de exigirse algún aval u otra garantía, el texto de la misma deberá acomodarse al modelo que a tal efecto facilitará la PRESTADORA.
4.6.21. El pago de la factura fuera del plazo de vencimiento acordado devengará los gastos de gestión de cobro, intereses de demora y gastos bancarios por impago, si los hubiera, previstos en la Ley 3/2004 de 29 de diciembre por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales.
4.7. CONDICIONES DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO
4.7.1. Atendiendo a la especialidad del servicio contratado, la CONTRATANTE deberá garantizar que la PRESTADORA puede ejecutarlo en las condiciones de seguridad, iluminación y cualesquiera otras condiciones que la PRESTADORA considere oportunas para una óptima ejecución del servicio contratado.
4.7.2. En el supuesto de que la ejecución del servicio implique un excesivo riesgo para los empleados de la PRESTADORA, la CONTRATANTE vendrá obligada a poner a disposición de la PRESTADORA el personal auxiliar requerido por ésta, cuyo coste correrá a cargo de la CONTRATANTE.
Si la CONTRATANTE precisa financiar el pago de la factura mediante un acuerdo establecido con la PRESTADORA, podrá acceder a unas condiciones de crédito preferentes para facilitarle el cumplimiento del compromiso de pago establecido.
4.7.3.Para los servicios que incluyan ensayos de laboratorio, la PRESTADORA se reserva la potestad de realizarlos por sus propios medios o excepcionalmente subcontratar alguno de los ensayos solicitados a un laboratorio que cumpla los requisitos de acreditación aplicables, repercutiendo los correspondientes gastos a la CONTRATANTE.
4.8. QUEJAS Y APELACIONES
4.8.1. Se encuentra a disposición de cualquier parte interesada, el procedimiento Control de No Conformidades, Quejas y Apelaciones, correspondiente, al proceso, tratamiento y gestión de quejas y apelaciones.
5. DAÑOS Y LÍMITE DE RESPONSABILIDAD
5.1. La responsabilidad de la PRESTADORA, sus agentes, empleados, subcontratistas y proveedores por las reclamaciones derivadas del cumplimiento o incumplimiento de sus obligaciones (por acción u omisión negligente), no excederá en conjunto del precio básico contractual y no incluirá en ningún caso los perjuicios derivados del lucro cesante, la pérdida de ingresos, las demoras, las reclamaciones de clientes de la CONTRATANTE, y cualesquiera perjuicios especiales, indirectos o emergentes y pérdidas de cualquier clase (sean de carácter contractual o extracontractual).
6. DE LA GESTIÓN ÉTICA
6.1. La CONTRATANTE es consciente y acepta que la PRESTADORA no contratará ni realizará servicios ni compras a empresas que utilicen mano de obra forzada, lleven a cabo práctica de discriminación racial o de cualquier otro género o recurran a la explotación infantil, independientemente del país en el que actúen.
7. INCUMPLIMIENTO DE LA CONTRATANTE
7.1. En caso de incumplimiento o falta de cumplimiento puntual o adecuado de cualquiera de las obligaciones de la CONTRATANTE, la PRESTADORA tendrá derecho a resolver total o parcialmente el contrato o suspender su ejecución en todo o en parte. La PRESTADORA informará a la CONTRATANTE del incumplimiento mediante notificación fehaciente y en caso de no ser solucionado en un plazo de siete (7) días hábiles la PRESTADORA podrá resolver el contrato sin necesidad de ulterior advertencia de incumplimiento o intervención judicial, y sin que la PRESTADORA sea responsable de los daños que tal resolución o suspensión pudieran ocasionar a la CONTRATANTE. Asimismo, en caso de resolución, la PRESTADORA podrá reclamar a la CONTRATANTE todos los daños y perjuicios ocasionados por su incumplimiento.
7.2. La resolución contractual supondrá el vencimiento anticipado de todas las cantidades adeudadas por la CONTRATANTE a la PRESTADORA que devendrán, en consecuencia, líquidas, vencidas y exigibles.
8. RENUNCIA DE DERECHOS
8.1. La falta de ejercicio por cualesquiera de las partes de cualquier derecho conferido a las mismas por el presente PCG no se considerará como una renuncia al mismo, ni operará de manera que obstaculice el ejercicio de tales derechos en cualquier momento posterior.
9. CESIÓN
9.1. Ninguna de las partes cederá el CONTRATO sin el consentimiento escrito de la otra parte, con la sola excepción de que la PRESTADORA puede ceder el CONTRATO, en todo o en parte, a cualquiera de las compañías que formen parte de su mismo grupo empresarial.
10. SEPARABILIDAD
10.1. Excepto cuando el contexto así lo requiera, cada estipulación del presente PCG se interpretará de forma independiente al resto de estipulaciones. El hecho de que cualquier estipulación sea declarada parcial o totalmente nula o inejecutable no afectará a la validez o ejecutabilidad de las restantes estipulaciones.
11. NOTIFICACIONES
11.1. Las notificaciones que deban hacerse a la PRESTADORA, se harán en la dirección que figure en el CONTRATO o en aquélla que posteriormente se indique a la CONTRATANTE. Las que deban hacerse a la CONTRATANTE lo serán en aquélla que hubiera indicado o en la última dirección conocida de ésta. Las notificaciones podrán hacerse por correo, fax o e-mail.
12. IDIOMA
12.1. En caso de discrepancia entre textos en castellano y textos en cualquier otra lengua o de cualquier otra documentación referida a la prestación del servicio, prevalecerá el texto en castellano.
13. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN COMPETENTE
13.1. Cualquier HOJA DE ENCARGO, CONTRATO u acuerdo entre las partes sometido a este PCG se regirá e interpretará de conformidad con las leyes españolas.